Comunero moroso que quiere pagar antes del inicio de la Junta de Propietarios

Como es conocido para poder votar en la Junta de Propietarios el comunero debe estar al corriente de pago en el momento del inicio de Junta. Por ello el día de la Junta se pueden presentar situaciones diversas que deben resolverse adecuadamente.

Si el moroso pretende pagar en ese mismo acto deberá pagar en efectivo la totalidad de la deuda vencida que hasta ese instante tuviera con la Comunidad.

Si el moroso lo que pretende es acreditar mediante justificantes que ha realizado el pago por cualquier otro medio distinto al efectivo, sin que conste en la Comunidad la recepción del mismo, deberá indicarse que el voto queda supeditado a la efectividad del pago.

Nunca será válida la simple manifestación por parte del comunero de haber efectuado el pago.